Publicada el: 26 / Jul / 2013
Etiquetas: Amadeo de Saboya, Estanislao Figueras, Joaquín Escriña Navarro, Jose de Echegaray
El tranvía entre la estación de Aguilar, en la línea del Ferrocarril de Córdoba á Málaga, á Lucena (Córdoba) , otorgado por el Decreto de 4 de diciembre de 1873, a Joaquín Escriña Navarro. En el que se le permitía asentarlo sobre terrenos de titularidad pública y sobre la carretera de la Cuesta del Espino á Málaga.
La concesión signada por Amadeo de Saboya y por José de Echegaray Ministro de Fomento, exigía que se ajustara al proyecto y al pliego de Condiciones Particulares de la concesión aprobados el 11 de noviembre de 1872
El pliego de Condiciones Particulares, detallaba entre otras:
1/ el concesionario llevaría a cabo la obra por su cuenta y riesgo
2/ en el plazo de tres meses desde la concesión, debería depositar una fianza de 51.250 pesetas.
3/ correría por cuenta del concesionario la ampliación de la carretera y de las cunetas.
4/ las obras no modificarían ningún aspecto del proyecto.
5/ se concedió dos años de plazo para llevarlas a cabo.
6/ se exigiría otra fianza de 5.000 pts/km por cada kilometro ocupado a partir de los 10 primeros.
7/ la concesión se otorgó a perpetuidad
El pliego de Condiciones Particulares de la concesión fue aceptado por el concesionario el 14 de noviembre de 1872.
El concesionario recurrió al Gobierno de la Republica, presidido por Estanislao Figueras, solicitando prórroga para atender al deposito de la fianza; accediendo la Administración por la Ley de 7 de marzo de 1873, a la vez que fijaba un plazo , que terminaba el 15 de abril de 1873.( Anuario de los Ferrocarriles. Carlos Bailly Bailliere , 1874, pág 44).
Joaquín Escriña Navarro , no cumplió las condiciones impuestas por la Administración, en cuyo caso el 29 de mayo de 1873 , se abrió el expediente de caducidad de la concesión (G. de M. 08.06.1873).