Publicada el: 25 / Abr / 2012
Etiquetas: Agustin de Santisteban Capetillo, Alejandro de Gandaria Durañona, Antonio López Fernandez, Beatriz de Santisteban Capetillo, Cesar Archavala Fernandez, Domingo Gómez de Cedrón Arese, Enrique de Allende y Allende, Jose del Castaño Ortiz, José María de Chavarri Aldecoa, Juan Olavarrieta Eguilor, Manuel Archavala Fernández, Manuel de barandiaran Olazarri, Plácido de Careaga Gorostiza, Ramon Perez del Molino, Victoriano Bilbao Azcaray
La concesión otorgada por el Gobierno de la República, presidido por Emilio Castelar, siendo Ministro de Fomento Joaquín Gíl Bergés, del Ferrocarril de Minas de Sopuerta al Puerto de Castro Urdiales, otorgada á Ramón Pérez del Molino, en la parte del dominio público que afecta a la zona costera y al cauce de los rios: de Los Vados o de Mioño y de Brazo de Mar, afectando a la ocupación de parte de las carreteras de tercer orden, de Valmaseda a Castro Urdiales y de Solares á Ontón. Debiendo quedar sujeto al proyecto y pliego de condiciones particulares aprobados en la R.O de 22 de octubre de 1873. (Gaceta de Madrid, 14.11.1873). Quedando el concesionario obligado a depositar una fianza de 20.000 pesetas. Concediendo cuatro años para terminar las obras. Quedo aceptado el pliego de condiciones particulares, por el concesionario Ramón Pérez del Molino,el 25 de octubre de 1873. (Anuario de Ferrocarriles. Carlos Bailly Bailiere, año 1874 pág 133 )
Recordemos que otra concesión, estaba en estudio el ferrocarril entre el Ontón (Santander) y Castro Urdiales por Saltacaballo en Mioño , de Ibarra Hermanos ( La Minería 07.09.1872).
El Pliego de Condiciones particulares de la concesión aprobado el 25 de octubre de 1873, contempló , entre otras:
1/ las obras correrían por cuenta y riesgo del concesionario.
2/ Se le exigió el deposito en garantía de 20.000 pts.
3/ Se ajustará al proyecto aprobado.
4/ Al no estar el puerto de Castro Urdiales a cargo del Estado, se contempló que, en el caso de que dicho puerto revierta al Estado, la compañía ferroviaria quedaría obligada a realizar las modificaciones que se le exijan, a su costa.
5/ Dentro del mes siguiente a la constitución del deposito de fianza, se llevará a cabo el replanteo en presencia del ingeniero inspector del Gobierno.
6/ No se podrán introducir modificaciones del proyecto que no sean aprobadas previamente.
7/ se concedió un plazo de cuatro años para llevar a cabo las obras.
8/ la concesión se otorgó a perpetuidad.
9/ concluidas las obras, el concesionario dispondrá de libertad total , para establecer el peaje que considere oportuno.
El 10 de marzo de 1874, el concesionario, solicitó ampliación de los plazos marcados en la concesión, debido a la imposibilidad de realizar las obras por estar sujeto a los efectos de las guerras carlistas, que hostigaron continuamente la zona, impidiendo el replanteo y los trabajos de campo. En cuyo caso, el 30 de marzo de 1874, el Presidente del Poder Ejecutivo de la República tomando en consideración las causas de fuerza mayor aducidas por el contratista, decidió suspender los plazos hasta que desaparezcan las circunstancias que afectan a los trabajos (Gaceta de Madrid, 07.04.1874).
Destinado a la carga de mineral y a suprimir la penosa carga a mano , llevada a cabo hasta la fecha, se construyó un embarcadero de mineral proyectado por Wells en 1885. Dicho embarcadero , tal y como muestra la imagen que adjuntamos, contaba de dos partes , un puente de 156 metros hasta el embarcadero de 73 ml. El nuevo embarcadero entró en funcionamiento en 1886. Fue destruido por un temporal en 1894.
Se impuso sustituir el embarcadero destruido por uno nuevo, adoptando en esta ocasión uno del tipo Cantaliver. Construido en lugar muy próximo al destruido, por la sociedad belga M. Lecocq de Halle, bajo diseño del ingeniero francés M. Seyring. El nuevo embarcadero entró en funcionamiento en 1886, con una capacidad de carga de 2600 Tm/día.
Posteriormente en 1909, se constituyó ,en Bilbao, la sociedad “Ferrocarril de Minas de Sopuerta al Puerto de Castro Urdiales”, con un capital social de 2.750.000 pesetas en 5.500 acciones de 500 pesetas ( Los Transportes Férreos, 16.11.1909), promovida en el acto de la escritura por :
José del Castaño Ortiz | Placido de Careaga Gorostiza |
Antonio López Fernández | Victoriano Bilbao Azcaray |
Cesar Archavala Fernández | Beatriz de Santisteban Capetillo, representada por su marido Luís Núñez Anchustegui |
Domingo Gómez de Cedrón Arrese | Agustín Iza Rementería |
Agustín de Santisteban Capetillo |
Se ha fundado esta nueva Compañía anónima industrial y comercial, para explorar y explotar directa ó
indirectamente las minas de su propiedad ó cualesquiera otras que tome en arriendo ó adquiera en propiedad; beneficiar minerales y, en general, cualquier negocio minero ó que con las minas se relacione.
El Capital era de 2.750.000,00 pts representado por 5.500 acciones al portador de 500 pesetas nominales cada una.
La sociedad se constituía para la explotación y exploración de yacimientos de su propiedad en Sopuerta, eligiendo el siguiente Consejo de Administración:
Presidente | José del Castaño Ortiz |
Vicepresidente | Plácido de Careaga Gorostiza |
Vocal | Antonio López Fernández |
Vocal | Agustin Iza Rementeria |
Vocal | Juan Olavarrieta Eguileor |
Vocal | Manuel Archavala Fernández |
Vocal | Agustín de Santisteban Capelillo |
Vocal | Enrique de Allende y Allende |
Vocal | Alejandro de Gandaria Durañona |
Vocal | José María de Chavarri Aldecoa |
Vocal | Manuel de Barandiaran Olazarri |