Publicada el: 20 / Nov / 2019
Etiquetas: Compañía Auxiliar de Ferrocarriles, marqués de Amurrio, Valentin Ruiz Senen
Con un capital de 300.000 pts se ha constituido en Zaragoza una Empresa cuyo objeto era ensayar en España el transporte de carnes, pescados, leche, frutas y otras mercancías en vagones frigoríficos.
Si el negocio prospera, será extendido á todas las líneas férreas de España y abrazará a todos los productos alterables al exceso de calor. (La Actualidad Financiera,20.07.1910).
Al parecer esta empresa no cumplió las espectativas esperadas por lo que se constituyó con el tiempo una Sociedad, cuyo principal objeto era la explotación de los vagones frigoríficos, siendo presidente el marqués de Amurrio, actuando de vicepresidente Valentín Ruiz Senén. Formaban parte también de dicha Sociedad los elementos más significados del Consejo de Administración de la Compañía Auxiliar de Ferrocarriles.
De momento, dicha empresa sería dotada con cien vagones , necesarios para atender a la más rápida comunicación entre los mercados consumidores y vendedores. La importancia del objeto de esta Sociedad se extiende bajo distintos aspectos: la regularidad de los precios en las plazas de venta, la seguridad de conservación de la mercancía por las mejores condiciones del transporte y la rapidez con que éste se realiza en vagones especiales para ello.
Se pretende con este material , obtener el mismo éxito que con los vagones cubas y cisternas de indiscutible conveniencia para el tráfico de líquidos ( ver, Vagones de propiedad particular )
La prensa especializada ( GCH, 01.05.1924), abogaba para que su dirección-gerencia, fuera ajena a los consejos de las grandes compañías, al objeto de mantener su total independencia.
La Real Orden de Hacienda de 3 de Marzo de 1925 (Gaceta del 19.03.1925), contempló con carácter general, que los vagones frigoríficos vacíos quedarán comprendidos en la exención a que se refiere el núm. 2º del art. 6.°, apartado B, de la ley del impuesto de transportes vigente en aquel momento, y por tanto, eximidos del impuesto del 5 % para el Tesoro. Las Compañías de Ferrocarriles no considerarían aplicable, a partir de la indicada fecha del 19 de Marzo de 1925, la exención del impuesto de transportes a los vagones frigoríficos vacíos.