Publicada el: 24 / May / 2012
Etiquetas: Pascual Carles y Compañía, Sociedad Valenciana de Tranvias, Tomás Ferrer Navarro, Tranvías de Valencia a Godella y Catarroja.
Obedece a una concesión de la Dirección General de Obras Públicas, mediante subasta celebrada en 1887, a Tomás Ferrer Navarro, que lo transfiere seguidamente el 14 de febrero de 1889 a la Sociedad Pascual Carles y Compañía. Autorizada a abrir la línea el 24 de abril de 1889. A solicitud de la concesionaria se le autorizó el 2 de abril de 1890 a prolongar la línea desde la Puerta de Serranos, por Hierros de la Corona, a la Plaza de la Constitución. El trayecto discurría por la carretera de segundo orden de Valencia a Ademuz y por la provincial de Burjasot a Godella atravesando sus cascos urbanos
El 14 de mayo de 1890 la sociedad Pascual Carles y Cia, recibió la concesión de la prolongación hasta Catarroja, pasndo la concesión a la Compañía de Tranvías de Valencia a Godella y Catarroja. El recorrido de 7.869 ml, inaugurado el 13 de noviembre de 1890, partía de la Plaza de San Agustín, prolongado por la calle de San Vicente hasta la iglesia y convento de San Gregorio
La constitución el 31 de diciembre de 1890 de la Compañía de Tranvías de Valencia a Godella y Catarroja , supuso la explotación completa de ambas líneas, pasando seguidamente a la propiedad de la Sociedad Valenciana de Tranvías el 31 de agosto de 1891, autorizada el 18 de febrero de 1895 (GIVF, 25.03.1895). El servicio completo hasta Catarroja se inició el 1 de julio de 1896 (Domenech Carbó 2004), sin embargo el Almanaque de Las Provincias, dio como fecha de inauguración el 1 de abril de 1892.
La Dirección General de Obras Públicas en la Real Orden de 5 de febrero de 1910, sentó las bases para la autorización del cambio de tracción animal a la eléctrica, debido al informe favorable emitido el 31 de julio de 1909, por la Diputación de Valencia, la División de Ferrocarriles y la Compañía del Ferrocarril de Valencia a Bétera. En consecuencia autorizó a la Sociedad Valenciana de Tranvías, concesionaria de esta línea, al cambio con arreglo al proyecto presentado. Y las una serie de prescripciones, entre ellas:
a) Se ajustará al reglamento de instalaciones eléctricas de 7 de octubre de 1904.
b) En el caso de que no se modificara la curva de 15 ml de radio de la curva entre la calle de Nules y la de San Lorenzo, debería la compañía adaptar el nuevo material móvil , a la circulación por la misma , previo ensayo ante la Jefatura de obras Públicas.
c) El material móvil no excederá de 2,20 ml de ancho
d) Cada coche solo podrá remolcar un solo vehículo, ateniéndose en las frenadas a lo establecido en la Real Orden de 31 de agosto de 1907.
e) En la carreta de Ademuz a Valencia podrá establecer un apartadero supletorio frente al camino que conduce al Molino de La Esperanza.
f) La red telefónica de la carretera de Ademuz a Valencia, se trasladará al lado opuesto de la vía.
g) A la entrada de Burjasot, los ascendentes lo harán por la carretera ( Calle Mayor) y los descendentes por la calle de Jorge Juan.
h) Cada coche llevará, para evitar atropellos, en su frente una defensa a 12 cms de la cabeza del carril . Y las plataformas irán provistas de portezuelas.
i) La compañía garantizará el suministro de energía.
j) El plazo de ejecución de las obras sería de dos años.
k) En Godella, desde la calle de los Silos, hasta la entrada de la calle de Buenavista, la línea se establecerá por la izquierda de la carretera.
l) Desde la curva nº 38 hasta el cruce a nivel con la línea de Bétera, la línea se ejecutará de acuerdo con las indicaciones del Servicio de vías provinciales
m) En Burjasot se cubrirá la cuneta de la carretera desde la entrada de la Calle Colón, hasta la esquina de la calle del Turia.
n) En los cruces con el ferrocarril de Valencia a Bétera se ajustará a los preceptos de la Real Orden de 20 de febrero de 1908.
Finalmente la Sociedad Valenciana de Tranvías fue autorizada. Por la R.O. de 5 de febrero de 1910 al cambio de tracción, pasando de la tracción de sangre a eléctrica que inauguró en 1912, llevada a cabo de acuerdo al pliego de condiciones particulares publicado en la Gaceta de Madrid del 19 del mismo més y año. Ésta línea fue suprimida en 1935 por solicitud de la Compañía de Tranvías y Ferrocarriles de Valencia (CTFV) propietaria de la misma en aquellas fechas.